lunes, 24 de enero de 2011

Ética y aborto

Resumen de la ley del aborto en España

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que es como se llama la nueva ley del aborto entró en vigor el pasado 5 de julio de 2010:

Tabla comparativa: las principales diferencias (Fuente: 20minutos.es)
Ley del aborto anterior (1985)
Reforma de la ley (2010)

- Ley de indicaciones:
Constituye un delito despenalizado en tres supuestos: si el embarazo es fruto de una violación -se permite en las 12 primeras semanas de gestación-, si el feto presenta graves taras físicas o psíquicas -el plazo es de 22 semanas- o si hay peligro para la vida de la madre o para su salud física o psíquica -en este supuesto no hay tiempo máximo-.

- Ley de plazos:
El aborto será libre hasta las 14 semanas. Hasta las 22 semanas si hay grave riesgo para la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto -si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable no hay límite. En este caso, un comité médico dictaminará su pertinencia.

- Sanidad:
Menos del 3% de los abortos se practican en centros públicos. Algunas comunidades, financian estos servicios en otros centros.

- Sanidad:
La sanidad pública sí garantizará la práctica del aborto o, al menos, lo financiará en centros privados concertados.

- Penalizaciones:
Un aborto fuera de la ley podría enviar a la cárcel al médico -de 1 a 3 años- así como quedar inhabilitado entre uno y seis años. Para la mujer, podría haber pena de prisión, de seis meses a un año, o una multa.
- Penalizaciones:
Desaparece la pena de cárcel para la mujer que aborte fuera de los casos permitidos. Se prevén multas que dependerán de las circunstancias. Para el médico, cárcel de uno a tres años e inhabilitación de uno a seis.

Según la entonces ministra de sanidad, Bibiana Aído, el objetivo de la reforma era actualizar la ley a las demandas de la sociedad actual. Según sus palabras la necesidad de aprobar una nueva ley se fundamenta en "que en caso de tenerse que interrumpir el embarazo se haga en las mejores condiciones posibles y que las mujeres tengan el derecho y la autonomía para decidir". Además sostiene que esta ley trata de "poner especial énfasis en la prevención de embarazos no deseados” y en ningún caso descuida “la protección de la vida prenatal”.

La reforma de la ley del aborto se equipara a las de la mayoría de los países europeos: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Portugal, Grecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría o la Republica Checa, Italia y Rumanía. Todos estos países tienen iguales o muy similares leyes de plazos como la que se ha aprobado en España.

Una de las novedades de la nueva ley, en el caso del aborto libre dentro de las 14 primeras semanas, establece que la mujer deberá ser informada por escrito, al menos tres días antes de interrumpir su embarazo, de los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad.

Otra de las novedades que han creado más polémica es que las jóvenes de 16 y 17 años tendrán derecho a decidir en los mismos supuestos que las mujeres mayores de edad si desean interrumpir su embarazo. En un principio se planteaba que la decisión fuese libre, sin necesidad del consentimiento de los padres, ni tan siquiera con la obligación de informales. El gobierno, basándose en informes psicológicos, opinaba que si los progenitores eran previamente informados, éstos podían influir en la menor y por tanto podían coartarle la libertad de decisión. Se planteaba que en un ámbito familiar de mútua confianza, lo normal era que la menor informase a sus padres. Las peticiones del PP y otras fuerzas políticas y la presión popular han hecho que el gobierno finalmente haya cedido y, por tanto, las chicas de 16 y 17 años deberán informar con antelación a sus padres de su decisión de abortar. La edad mínima para abortar sin la autorización paterna se fija en los 16 años porque es donde establece la mayoría de edad “la ley de autonomía del paciente”. “Será el mismo procedimiento que para realizar una operación a corazón abierto o de cirugía estética", puntualizó la ministra Aído.

¿Pero que es más justo: que, por ejemplo, a una chica embarazada de 16 o 17 años se le obligase a tener el bebé en contra de su voluntad, o que sea ella la que decida libremente conforme a los plazos que establece la ley?

Conflicto ético-moral

La polémica sobre el aborto se fundamenta en el conflicto ético y moral que nos plantea y que confluye en una obligatoria disyuntiva: por una lado están los partidarios de respetar la libertad de la mujer a decidir sobre su embarazo, y por otro los que piensan que por encima de todo está el salvaguardar una futura vida humana. Considero que hay que tener el máximo respeto a las opiniones de partidarios y detractores.

Nuestro ordenamiento jurídico garantiza el derecho a la vida de todas las personas. La Constitución, en su artículo 15, establece que "Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes." La cuestión es que si ese derecho a la vida debería incluir también a los "no nacidos". Es aquí donde entraría en juego la ética y la moral establecidas.

Según la RAE, Ética es el "Conjunto de normas morales que rigen la conducta humana". Moral es la "Ciencia que trata del bien en general, y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia". La razón y el sentido común humanos pueden llegar a la conclusión de que los conceptos del bien y del mal son valores absolutos. Pero, por el contrario, no pueden considerarse así el conjunto de normas, preceptos y reglas morales que integran esa supuesta bondad inherente al ser humano.



La ciencia no tiene unidad de criterio en establecer a partir de que grado de desarrollo de la gestación, un "no nacido" o nonato posee la consideración de ser humano. Desde el momento de la procreación hasta los dos meses se le denomina embrión. A partir de los dos meses hasta el momento de su alumbramiento pasa a designarse feto. ¿Pero a partir de que momento se le puede considerar al "no nacido" ser humano? Si se estableciese de manera consensuada una fase determinada, dentro del período de desarrollo de la gestación, a partir de la cual un "no nacido" obtuviese la categoría de ser humano, ¿podría determinarse que a partir de ese momento un aborto tendría la consideración de acto no ético o inmoral?. En cualquier caso, aunque no exista esa unanimidad por parte de científicos y expertos, lo que es evidente es que cuando se interrumpe un embarazo, en caulquier fase del mismo, se está acabando con el inicio del desarrollo de un futuro ser humano.

En cuanto a la postura de la Iglesia, considero que su posición opuesta a cualquier supuesto de aborto es, por un lado, coherente con su dogma. Pero pienso que más que censurar al gobierno y las leyes que regulan el aborto, debería enfocar su mensaje en intentar convencer a las mujeres embarazadas que por encima de todo lo más importante es respetar el derecho a la vida del "no nacido", ya que ni el gobierno ni las leyes incitan a que se aborte sino que, en los supuestos establecidos, dejan la responsabilidad a la mujer.

Personalmente, salvo los supuestos contemplados en la ley del 85, estoy en contra del aborto, ya que se interrumpe el inicio de la vida de un futuro ser humano (caso de no considerarse aún como tal). Sin embargo, al mismo tiempo estoy a favor de que la mujer tenga libertad para decidir si desea interrumpir con su embarazo (conforme a la ley) y además pienso que no debe ser juzgada por ello. Considero por tanto que la responsabilidad ha de ser de la mujer y allá cada cual con su conciencia. El Estado se debe limitar a velar para que, en caso de que se efectúe un aborto se realice conforme a la ley vigente.

P.D.: Los partidarios del aborto deberían puntualizar que son partidarios de la libertad de la mujer a decidir, ya que no evidentemente no existen adeptos a que se practiquen abortos por sistema.

F.P.

Los países europeos con menor tasa de abortos tienen ley de plazos
Artículo de Mónica Ceberio Belaza. El País

Análisis ético sobre el aborto provocado

Revista electrónica PsicologiaCientífica.com

jueves, 20 de enero de 2011

Una vivienda adecuada, un derecho humano

"Millones de personas en todo el mundo viven en condiciones intolerables en barrios marginales y no tienen acceso al nivel existencial mínimo de agua potable, saneamiento, atención a la salud, seguridad o educación"

Campaña Exige Dignidad . Amnistía Internacional












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